Área Recreativa Ermita de Colmenarejo

El Ayuntamiento de Colmenarejo, ha solicitado una autorización especial para para la utilización de manera permanente del uso y acceso de vecinos y visitantes de Colmenarejo con vehículos a la denominada Área Recreativa número 30 Ermita de Colmenarejo, en el término municipal de Colmenarejo.

Nos ha emitido INFORME FAVORABLE del Jefe de Área de Vías Pecuarias con las siguientes consideraciones de carácter particular:

  1. El  “Área Recreativa nº 30 Ermita de Colmenarejo” se encuentra ubicada en la vía pecuaria “Descansadero de la Cerca de la Casa o Tiestacabeza” y dentro de la zona de máxima protección del Parque Regional del Curso medio del río Guadarrama y su entorno.
  2.  El “Área Recreativa nº 30 Ermita de Colmenarejo”, cuenta con una amplia zona habilitada para el estacionamiento de vehículos a motor, estando única y exclusivamente permitido el estacionamiento dentro de los límites habilitados a tal efecto en el Área Recreativa. Fuera de estos límites habilitados está prohibido el estacionamiento de vehículos a motor en vía pecuaria.
  3. El acceso al “Área Recreativa nº 30 Ermita de Colmenarejo” debe realizarse a través de la Calle Cañada Real, siendo este el recorrido más corto para llegar al Área Recreativa. Este recorrido implica el tránsito a través de las vías pecuarias “Cañada Real de las Merinas del Camino de Madrid”, “Descansadero-Abrevadero de la Fuente del Navazo o de las Siete Pilas” y “Descansadero de la Cerca de la Casa o Tiestacabeza”.
  4. El artículo 42 de la Ley 8/1998, 15 de junio, de Vías Pecuarias, establece limitaciones de la velocidad en el tránsito por las vías pecuarias del siguiente modo: “Se establece un límite máximo de velocidad de los vehículos que circulen por la vía, para los supuestos contemplados en esta Ley, de 20 kilómetros/hora, con el fin de coadyuvar a la preservación y protección de la misma”.

Por favor, entre todos cuidemos este entorno, depositando las basuras en los contenedores, no excediendo el límite de velocidad y cuidando la convivencia.

Bando Acceso Zona Ermita