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XIX JORNADAS

ORIENTACIÓN AL ESTUDIANTE

2015

40

Promoción y permanencia

f

Los alumnos promocionarán al segundo curso cuando hayan superado todas

las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como

máximo (computándose las materias que como mínimo el alumno o alumna

debe cursar en cada uno de los bloques).

f

La superación de las materias de segundo curso que impliquen continuidad

estará condicionada a la superación de las correspondientes materias de primer

curso.

f

Los alumnos que promocionen al segundo curso sin haber superado todas las

materias, deberán matricularse en las que tengan pendientes del curso

anterior. Los centros organizarán las consiguientes actividades de recuperación

y evaluación de las materias pendientes.

f

Los alumnos que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa

en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de

nuevo las materias superadas.

f

En este régimen de Bachillerato los alumnos podrán permanecer un máximo

de cuatro cursos académicos. En caso de no superar todas las materias podrán

acceder al Bachillerato para adultos (en régimen nocturno y a distancia).

Cambios en el itinerario educativo del alumno

f

Los alumnos que vayan a repetir el primer curso en su totalidad podrán

cambiar de modalidad o, en su caso, vía. Los alumnos que repitan curso en la

misma modalidad podrán cambiar tanto las materias de modalidad como la

materia optativa, de acuerdo con las posibilidades organizativas del centro.

f

Los alumnos que promocionen al segundo curso podrán cambiar de

modalidad o vía, ateniéndose a ciertas condiciones

1

.

f

El alumno, una vez matriculado en segundo curso, no podrá cambiar su

itinerario salvo ciertas asignaturas optativas según la organización del centro

2

.

1 y 2

Véase

Orden 3347/2008, de 4 de julio de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A la espera de

nueva legislación.