Animales, Ganado y Caza
Tenencia y Recogida de Animales
Normativa:
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- Ley 1/1990, de 1 de febrero, de protección de animales domésticos de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza municipal reguladora de tenencia, control, y protección de animales del Ayuntamiento de Colmenarejo.
La huella de Wonder:
- Ley 1/1990, de 1 de febrero, de protección de animales domésticos de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza municipal reguladora de tenencia, control, y protección de animales del Ayuntamiento de Colmenarejo.
Control de Colonias Felinas en el Casco Urbano
¿Qué debemos saber sobre las colonias de gatos?: Información útil para el ciudadano.
Colonias Felinas – Información para el Ciudadano
En cumplimento de la Ordenanza de Protección de Animales Domésticos, el Ayuntamiento ofrece este espacio para fomentar la adopción de gatos callejeros.
Proximamente se publicarán fotos de los gatos en adopción.
Ganado y Pastos
Desde hace dos años, los pastos en el municipio de Colmenarejo, que cumplan los requisitos exigidos por la Comunidad de Madrid, en la ley 17/1999 relativa al aprovechamiento de pastos, son adjudicados por la Cámara Agraria. Los ganaderos que estén interesados deberán solicitarlo por escrito a la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid, sita en el paseo de la Puerta del Ángel, nº 4, 28011, Madrid.
Una vez realizado el pago de los pastos por parte de los ganaderos, los propietarios de los terrenos que hayan sido adjudicados (fincas rústicas de pastos que no se encuentren cercadas) podrán solicitar el cobro directamente a la Cámara Agraria, para lo cual previamente deberán rellenar la «solicitud de cobro de fincas sometidas al régimen de ordenación de pastos», que se encuentra en el Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Colmenarejo.
Normativa:
- Ley 17/1999, sobre aprovechamiento de pastos y rastrojeras, para la protección de la ganadería extensiva.(BOCM Nº 115, de 17 de mayo de 1999).
Caza
Orden por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada.
Se pone en conocimiento de todas las personas usuarias de los Parajes de Peñarubia y Las Nicolasas (Cotos de caza) que desde el 8 deoctubre de 2015, hasta el 31 de enero de 2016, ambos incluidos, se practicará la caza. Restringiendo dicha práctica dentro de los días permitidos por la Orden de Veda 2015 de la Comunidad de Madrid, únicamente a las jornadas de sábados, domingos y festivos locales, autonómicos y nacionales. Por lo que, se recomienda extremar las precauciones y abstenerse de transitar fuera de los caminos habilitados durante el horario de las 7 hasta las 14 horas.
Entendiendo que las fincas municipales constituyen espacios públicos para el disfrute de todos, la Concejalía de Medio ambiente comunica tales horarios y limitaciones de los días de caza, con el objeto de que tales delimitaciones dela práctica cinegética permitan a paseantes, ciclistas y cazadores hacer un uso conciliador de tan apreciados parajes.
Información de la Consejería de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid
Cotos de Caza en Fincas Municipales