Residuos

Folleto de Reciclaje

Todos los años, la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del territorio, en colaboración con los servicios municipales de medio ambiente, realizan una operación de limpieza (OPLI) de todos los vertidos que se encuentran en suelo rústico de titularidad pública.

Asimismo, durante el resto del año, el Ayuntamiento realiza retiradas puntuales de vertidos que debido a su tipología, son competencia municipal.

Los contenedores metálicos de color verde localizados en la Cañada de Las Merinas y en el Camino del Rey, han sido instalados por la Dirección General de Medio Natural y su finalidad es la de recibir únicamente los residuos generados por los visitantes y senderistas de la zona, nunca los residuos urbanos generados por los residentes de la zona. Estos contenedores son retirados por la empresa CESPA.

Gestión de Residuos

CONTENEDOR VERDE (IGLÚ)

  • SI:
    • Botellas de vidrio de cualquier color, tarros de vidrio, frascos de conservas, tarros de cosmética y perfumería.
  • NO:
    • Lunas de automóvil, bombillas, espejos, cristales de ventanas, tubos fluorescentes, copas, etc. Todos estos residuos deberán ser depositados en los puntos limpios o en los centros de Recogida y Reciclaje.
  • RECOMENDACIÓN:
    • Deberán retirarse las tapas de los envases de vidrio antes de depositarlos en el contenedor.

CONTENEDOR AZUL

  • SI:
    • Periódicos y revistas, propaganda, cajas pequeñas de cartón (galletas, detergentes, etc), envases de cartón para huevos, bolsas de papel, etc.
  • NO:
    • Briks, pañales, papeles sucios, encerados, metalizados o plastificados.
  • RECOMENDACIÓN:
    • Deberán plegarse los cartones antes de introducirlos en el contenedor. EN NINGÚN CASO DEBERÁN DEJARSE LAS CAJAS FUERA DEL CONTENEDOR.

CONTENEDOR AMARILLO

  • SI:
    • Envases metálicos: botes de bebidas (cerveza, refrescos…), latas de conservas (vegetales, cárnicas, de pescado, comida para animales domésticos…), aerosoles (desodorante, laca, limpiadores de cocina, abrillantadores de madera….), platos y bandejas de aluminio (por ejemplo de comidas preparadas), chapas y latas de metal.
    • Briks: de leche, nata, batidos, zumos, vino, caldos….
    • Envases de plástico para la alimentación: botellas (agua, leche, zumos, vinagre de cocina, salsas……), envases de productos lácteos (yogures, flan, natillas, margarina, queso, mantequilla…..), bandejas y cajas de «corcho blanco» (de fruta, verdura, carne, pollo, pescados envasados…), hueveras de plástico, vasos, platos y cubiertos de plástico desechables, tapas y tapones de plástico, etc.
    • Envases de plástico para productos de aseo y limpieza: botes de plástico de productos de aseo (champú, cremas, desodorante, pasta dentífrica, gel de baño, jabón líquido,…), botes de plástico de productos de limpieza (limpiadores domésticos, lejía, amoniaco, suavizante, detergentes líquidos y en polvo,…..)
    • Bolsas y envoltorios de plástico y aluminio: bolsas de plástico para alimentos (leche, congelados, frutas, verduras, pan de molde, bollería, pasta, legumbres, cereales,….), bolsas y recipientes de aluminio para alimentos (alimentos infantiles, sopas, purés, pastas precocinadas, café, aperitivos, frutos secos, patatas fritas, bandejas para comidas preparadas,……), bolsas que entregan las tiendas, supermercados, lavanderías, etc. para transportar los productos adquiridos, envases de productos de charcutería (embutidos, jamón, bacón, queso,…..), envoltorios de plástico (el film transparente que acompaña a las bandejas de carne, frutas, verduras y pescados; el que envuelve a muchas revistas, prensa; el que se emplea para proteger las cajas de cartón y de plástico, etc.), film de polietileno transparente o de aluminio (el que se compra en bobinas y se utiliza en el hogar para envolver alimentos frescos), el plástico y el aluminio de los envases tipo blister (envases donde vienen las pilas, las cajas de las cuchillas de afeitar, etc.)
  • NO:
    • Materia orgánica, envases de vidrio, papel/cartón, juguetes, electrodomésticos, biberones, guantes de goma, utensilios de cocina, cajas de fruta, cubos de plástico, pilas.
  • RECOMENDACIÓN:
    • Antes de arrojar los envases al contenedor amarillo, se recomienda limpiarlos y aplastarlos para reducir su volumen. Deberán introducirse por las bocas habilitadas al efecto, nunca forzando la tapa. QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO DEJAR BOLSAS FUERA DEL CONTENEDOR O EN SUS ALREDEDORES.
  • EL CONTENEDOR AMARILLO NUNCA DEBERÁ CONTENER:
    • Recipientes de vidrio.
    • Papel o cartón.

Punto Limpio

¿Qué es un Punto Limpio?

Un punto limpio es una instalación susceptible de explotación económica, donde los ciudadanos, de forma gratuita y voluntaria, pueden depositar, previamente seleccionados, diferentes tipos de residuos, bien por ser reciclables, el mercado de la recuperación de residuos está en alza, bien porque al estar considerados como peligrosos, (aceites, fluorescentes, pinturas, medicamentos), no es conveniente para la preservación del medio ambiente su eliminación con el resto de las basuras generadas en los domicilios particulares. Está considerado como una herramienta fundamental en la gestión de residuos al permitir su aprovechamiento, eliminar puntos de vertido incontrolados y reducir la presencia de residuos peligrosos en la basura o en la red de saneamiento. Se trata por tanto de una instalación donde se reciben previamente seleccionados residuos domésticos, constituyendo por tanto un eficaz sistema de recogida selectiva. Antes de depositar los residuos, cada usuario deberá identificarse en el punto de control e informar sobre los residuos que desea verter. Esta instalación está a disposición de todos los vecinos permanentes o temporales del municipio de Colmenarejo. No se admitirán residuos de origen industrial.

Emplazamiento: Se encuentra ubicado en la calle Cañada de las Merinas número 136.

Horario del servicio:

INVIERNO: Del 1 de Octubre a 31 de Marzo:
Lunes a Sábado: Jornada Continua de 10:00 a 16:00 horas.
Domingos: Cerrado.

VERANO: Del 1 de Abril al 30 de Septiembre:
Lunes a Sábado: Mañanas: 10:00 a 14:00 horas. Tardes: 18:00 a 20:00 horas.
Domingos: Cerrado.

Objetivos del Punto Limpio

Normativa de Residuos

Residuos admitidos y cantidades

Residuos Admisibles Cantidad Máxima
PAPEL Y CARTON PRODUCCIÓN DOMESTICA NORMAL
VIDRIO PRODUCCIÓN DOMESTICA NORMAL
METALES PRODUCCIÓN DOMESTICA NORMAL
PLÁSTICOS PRODUCCIÓN DOMESTICA NORMAL
TETRA-BRICKS PRODUCCIÓN DOMESTICA NORMAL
MADERAS 50 KG / PERSONA / DÍA
MUEBLES Y VOLUMINOSOS 50 KG ó 1 UNIDAD DE PESO SUPERIOR
ELECTRODOMÉSTICOS 50 KG ó 1 UNIDAD DE PESO SUPERIOR
COLCHONES 50 KG ó 1 UNIDAD DE PESO SUPERIOR
ESCOMBROS 50 KG / PERSONA / DÍA
ACEITE VEGETAL 20 LITROS / PERSONA / DÍA
ACEITES DE CÁRTER 10 LITROS / PERSONA / DÍA
BATERÍAS DE AUTOMOVIL 2 UNIDADES
PILAS (BOTÓN, ALCALINAS, BATERÍAS DE TELÉFONOS MÓVILES) 2 KG / PERSONA / DÍA
MEDICAMENTOS 5 KG / PERSONA / DÍA
AEROSOLES 10 UNIDADES / PERSONA / DÍA
RADIOGRAFÍAS 10 UNIDADES / PERSONA / DÍA
TUBOS FLUORESCENTES 10 UNIDADES / PERSONA / DÍA
PINTURAS Y/O RECIPIENTES CONTAMINADOS 10 KG / PERSONA / DÍA
   

No serán aceptados bajo ninguna circunstancia residuos y cantidades no contemplados en la relación descrita anteriormente.

Utilización del Punto Limpio

Para la utilización del punto limpio hay que tener en cuenta varios aspectos fundamentales:

  • Sólo se admiten residuos generados por los particulares, vecinos del municipio de Colmenarejo.
  • Se prohíbe terminantemente la entrada de residuos de origen industrial.
  • Para que el punto limpio funcione correctamente, es necesario que los usuarios realicen una separación previa de los residuos que posteriormente depositarán en los contenedores adecuados.
  • A la entrada del recinto, un operario de la empresa URBASER, S.A., encargada de la explotación y gestión del Punto Limpio, informará a los usuarios sobre la forma de realizar el depósito de cada uno de los residuos.
  • Así mismo, cada uno de los contenedores cuenta con una señalización horizontal, constituida por paneles informativos con los anagramas que identifican los residuos a depositar en ellos.
  • Desde el área de usuarios, a la que se accede directamente con el vehículo, se realiza el deposito de los residuos destinados a los contenedores de gran capacidad: papel, cartón, metales (electrodomésticos, somieres,..), maderas (muebles, cajas, marcos y puertas,..), material inerte procedente de pequeñas obras, hasta un máximo de 60 Kg. por entrega y día).
  • En una zona diferenciada dentro del área de usuarios, se ubican contenedores específicos para: vidrio, plásticos, aceite usado de cárter, baterías, medicamentos, sprays, radiografías, fluorescentes, pinturas y disolventes.
  • Los residuos recogidos y clasificados en el punto limpio, serán remitidos, por gestores y transportistas autorizados por la Comunidad de Madrid, a diferentes instalaciones de valorización, tratamiento o confinación, según puedan o no ser objeto de algún tipo de aprovechamiento.

Restos Vegetales y Enseres

Normativas sobre la recogida de restos vegetales y enseres en Colmenarejo:

Con el fin de controlar la recogida, tanto de restos vegetales como de enseres, a partir de Agosto de 2008 este servicio se realizará los siguientes días de las semana y en todo el municipio:

MARTES: Recogida de podas, siegas y otros tipos de vegetales.
JUEVES: Recogida de enseres.

Los restos vegetales se depositarán en bolsas de plástico perfectamente cerradas. Los enseres se depositarán lo más agrupados posibles.
Ambos tipos de deshechos se depositarán en la puerta de la propia vivienda, la tarde anterior al día de su correspondiente recogida. Para solicitar este servicio se llamará al teléfono del Ayuntamiento, 91 858 90 72, indicando el número de bolsas de restos vegetales o cantidad de enseres.

SOLO SE RECOGERÁ EN LOS DOMICILIOS QUE PREVIAMENTE HAYAN AVISADO AL AYUNTAMIENTO.
EN EL CASO DE RESTOS VEGETALES SOLO SE RECOGERÁN UN MÁXIMO DE 10 BOLSAS POR VIVIENDA.

Al ser un servicio gratuito para los vecinos de Colmenarejo, se ruega la máxima colaboración.
Por otra parte, tienen a su disposición las instalaciones del Punto Limpio para depositar allí todo tipo de enseres (muebles, electrodomésticos, etc.).
Se recuerda la vigencia de las Ordenanzas Municipales para la Protección de los Espacios Públicos, en relación con la Limpieza y Retirada de Residuos. Por ello, toda actuación no permitida en el Capítulo 2, Artículo 14, será sancionada conforme a estas Ordenanzas.