Estructura y Funciones

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Estructura de la Policía local

PoliciaColmenarejo-LogotipoEl Cuerpo de Policía Local está encuadrado en la Concejalía de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Colmenarejo.
Actualmente, la Policía Local está compuesta por:

  • 1 Subinspector. Jefe de la Policía Local.
  • 1 Oficial.
  • 11 Policías.

El cometido de las policías locales como integrante de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad y por tanto, es el servicio público al ciudadano velando por los intereses generales, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución y Ordenamiento Jurídico. Su servicio, por tanto está dirigido a la protección de la comunidad, mediante la defensa del ordenamiento democrático.

En la Ley Orgánica que regula las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se atribuyen a las Policías Locales las funciones naturales y constitutivas de toda policía, recogiéndose como específica la ordenación, señalización y dirección del tráfico urbano así como las funciones de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en materia de policía judicial y de seguridad ciudadana a las que hay que añadir las de vigilancia y protección de personalidades y bienes de carácter local.

Funciones de la Policía local

  • Ejercer la Policía Administrativa en relación al cumplimiento de las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de sus competencias.
  • Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación y participar en la Educación Vial.
  • Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones dictadas en materia de protección del medio ambiente cuando las funciones de vigilancia sean competencia municipal, bien originaria o delegada.
  • Proteger a las Autoridades de las Corporaciones Locales y la vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
  • Participar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el ejercicio de funciones de Policía Judicial.
  • Prestar auxilio en los casos de accidentes, catástrofes o calamidad pública participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
  • Efectuar las diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos o su comprobación.
  • Vigilar los espacios públicos.
  • Colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la protección de manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
  • Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.